Contraloría confirma permiso de edificación en actual Edificio de Protección Mutua

Edificio de la Protección Mutua. © RiveraNotario, vía Flickr.

Edificio de la Protección Mutua. © RiveraNotario, vía Flickr.

Durante 2014, el Edificio de Protección Mutua, ubicado en la esquina de Rosas con Morandé, captó la atención pública debido a que a pesar de ser una construcción patrimonial de inicios del siglo XX, la inmobiliaria dueña de la construcción, Morandé 2010, considera su demolición para desarrollar un proyecto inmobiliario.

Si bien en 2008 la Municipalidad de Santiago buscó evitar esto declarando el edificio como Inmueble de Conservación Histórica, el permiso de edificación había sido aprobado antes del cambio en el Plan Regulador Comunal. 

En un nuevo intento por proteger el edificio, la municipalidad presentó el caso a la Seremi de Vivienda y luego a la Contraloría General de la República, la que hace unos días publicó un dictamen sobre el tema.

A continuación más detalles.

A pesar de que el edificio tiene protección patrimonial en el Plan Regulador Comuna de Santiago, ésta se logró en mayo de 2008, luego que la inmobiliaria obtuviera el permiso de edificación en enero del mismo año, lo que hace posible su demolición.

Por su parte, la Contraloría da cuenta de esta situación en su dictamen en donde señala que:

“En virtud de lo expuesto, habida consideración de que el permiso de edificación fue otorgado con anterioridad a la modificación del PRC que declaró el inmueble de que se trata como ICH, y que la ejecución de esa obra debe realizarse conforme a tal permiso, no resulta procedente que ese municipio efectúe exigencias derivadas de cambios que, con posterioridad a su otorgamiento, se hubieren incluido en el aludido instrumento de planificación territorial, tal como sería requerir la autorización a que se refiere el artículo 60 de la LGUC para llevar a cabo las demoliciones que supone aquel documento.

Sostener lo contrario importaría que los derechos que emanan del indicado permiso de edificación, consistentes principalmente en la facultad de ejecutar las obras de construcción respectivas, aparecerían sometidos a una sobreviniente condición, puesto que para poder ejercerlos, su titular debería contar necesariamente con la autorización a que se ha hecho mención, lo que significaría desconocer sus efectos al pretender extender el alcance de las disposiciones del PRC a una época anterior a su emisión, como si dicho acto municipal no existiera (aplica criterio contenido en el dictamen N° 49.531, de 2008, de este origen)”.

Ante esto, la alcaldesa de Santiago, Carolina Tohá, dijo que le pidió a la inmobiliaria un estudio de impacto ambiental.

El Dictamen de la Contraloría General de la República se puede consultar en el sitio web. Para esto hay que buscar el Dictamen Nº 99736.