Fallo ordena al Fisco pagar por muerte en tsunami del 27/F

Estado deberá indemnizar con $ 10 millones a familia por muerte de taxista que condujo por ruta portuaria tras cancelación de alerta.

(La Tercera – 28/09/11)
Por Alvaro Guerrero

El Tercer Juzgado Civil de Concepción determinó, en primera instancia, que el Estado chileno, a través del Fisco, deberá pagar $ 10 millones como indemnización por daños morales al padre de Luis Soto Repiso (55), chofer de taxibuses que murió durante el tsunami del 27 de febrero de 2010, en la Ruta Interportuaria.

Según el dictamen, el hecho ocurrió en la madrugada, cuando la víctima condujo por la señalada autopista a buscar a su esposa e hijo, que se encontraban en Talcahuano. Soto había salido desde su hogar en Chiguayante, escuchando radio Bío Bío, donde el intendente Jaime Tohá aseguraba que no había peligro de maremoto. No obstante, al atravesar la carretera, fue alcanzado por una ola que arrastró su vehículo. Su cuerpo fue encontrado el 19 de marzo.

El dictamen

En la sentencia de la jueza Carla Rivas, se establece que estos antecedentes pueden constituir la causal de falta de servicio por parte del órgano estatal, llamado a tomar decisiones frente a un estado de catástrofe, “cuya comunicación fue personificada en el intendente de la Región del Biobío, quienes sin contar con antecedentes fidedignos, comunicaciones idóneas ni profesionales técnicos competentes, decidieron levantar una alerta de tsunami y, con ello, conminar a la población a volver a sus casas o, derechamente, acercarse al mar sin la eventualidad del riesgo”, expresa el documento.

Cabe señalar que la demanda presentada por Luis Soto Morales es por $ 100 millones, por lo que la decisión podría ser apelada.

Por su parte, Marta Fonseca, esposa de la víctima, mostró su conformidad por el dictamen, asegurando que el Estado tiene responsabilidad al haber informado de mala manera, lo que le costó la vida a su marido. La mujer presentó una segunda querella junto a sus tres hijos.