2007: Importantes Cambios en la Planificación Urbana.

Los mejores deseos para todos los ciudadanos este año que empieza hoy. Esperamos que para nuestras ciudades sea un mejor año. Esperamos que mejore la calidad de vida para todos, que Transantiago se implemente con éxito, que aumente la cantidad y calidad de los procesos participativos y que en general podamos sentirnos cada vez más orgullosos de las ciudades donde vivimos.

Esperamos que los cambios que se introducirán a la planificación urbana y que informará al país en los próximos días la ministra de Vivienda, Patricia Poblete, no queden durmiendo para siempre en el Parlamento, y puedan ver la luz lo antes posible ya que son bastante urgentes:

1 Participación Ciudadana. En la elaboración de los Planes Reguladores incorpora la participación ciudadana desde el inicio del proceso de estudio y elaboración, ya que hoy la intervención sólo es informativa y al final del proceso de aprobación. Esto permitirá mejorar los planes y reducir los conflictos creados en el proceso final de aprobación. (creo que este es prioritario, claro que la forma cómo se haga es fundamental)

2 Acoge diversidad. Ciudades y pueblos podrán hacer planes según sus necesidades, tamaño de población y territorio, flexibilizando los contenidos de los planos reguladores. Se evita con ello obligar a las comunas a tener el mismo tipo de plan.

3 Facilita actualización. Permite modificación y ajustes de partes de una comuna o intercomuna mediante planes menores o planes seccionales con procesos más acotados, expeditos y cortos de aprobación. (también es prioritario, ya que el alto costo de actualizar los planes es la principal razón por la cual se producen muchas omisiones y errores en la planificación)
4 Fomenta planificación. También considera el diseño urbano de barrios porque amplía facultades de los planos para normar el diseño de edificaciones y de los espacios públicos, posibilitando el desarrollo más armónico de los barrios y sectores de una comuna. (excelente, pero ver para creer)
5 Crea instrumento. La Planificación Urbana Condicionada permitirá a los Planos Reguladores establecer en cualquier zona de una ciudad condiciones explícitas de mejoramiento y construcción de los espacios públicos (plazas, parques, vialidad o equipamientos públicos) a cambio de derechos de mayor construcción para los proyectos inmobiliarios. (buenísimo, pero hasta que no esté en funcionamiento…)
6 Crea compensaciones. Mediante la creación del mecanismo de los Derechos Transables de Construcción, se permite a propietarios gravados con áreas verdes, zonas de protección patrimonial o para reservas de infraestructura, ser compensados con derechos de construcción transferibles o vendibles a otros predios no gravados. (es muy necesario, pero es demasiado básico por el momento, este sistema se debiera de ampliar y perfeccionar mucho más a como está aquí planteado.)
7 Perfecciona procesos. Como el de saneamiento o mejoramiento de barrios, que posibilitará declarar de utilidad pública a conjuntos de viviendas económicas o parte de éstos cuando se encuentren en condiciones de deterioro, a fin de permitir la acción del Estado en su mejoramiento integral.
8 Regulación. Se deroga el actual Artículo 55º que permite desarrollo urbano fuera de los planes reguladores, y se reemplaza por normas de construcción y subdivisión rural establecidas por ley que garantizan el desarrollo armónico en estas áreas.

Y eso sería, esperamos que estas modificaciones lleguen lo más rápido a puerto, y que no sufran el mismo fin que le ocurre a la mayoría de las normativas innovadoras que salen de ese ministerio: empantanarse por años en el Congreso.

Imagen: PRIS. Fuente: www.revistaca.cl