El nuevo escenario en el cobro de estacionamientos en malls y clínicas
Por F.Guzmán, P.Yévenes, J.Herrera y X.Bertin.
A partir de hoy existe un techo en el pago por estacionar en el país al entrar en vigencia la ley que los regula.
Tras 26 meses de tramitación en el Congreso, la nueva ley de estacionamientos cambia, a partir de hoy, las reglas en los cobros por este servicio, reduciéndolo a los minutos efectivamente usados por un lado, y obligando a los concesionarios a responder por hurtos, robos y daños.
Es así como a partir de hoy sólo se podrá cobrar por minuto , o por tramos considerando un primer periodo gratis de media hora vencida. Los siguientes lapsos no podrán ser inferiores a diez minutos y se cobrarán siempre redondeando a la baja. Sin embargo, la tarifa sigue siendo una prerrogativa de cada operador en el caso de los malls, supermercados, recintos hospitalarios y lugares pagados de acceso al público general. Quedan exentos de cobro los usuarios en hospitales y clínicas cuando se acuda por una emergencia médica y los estacionamientos concesionados en playas, que seguirán sujetos a los contratos vigentes. Estos se adecuarán a la nueva ley una vez vencidos dichos contratos.
Desde hoy en Costanera Center la nueva tarifa será de $ 20 por minuto corrido, a diferencia de ayer en que se cobró por última vez $ 500 la primera media hora y $ 500 por las media hora siguiente o fracción. Antes por 31 minutos se redondeaba y cobraban $ 1.000, con la nueva tarifa se pagará por los mismos 31 minutos sólo $ 620. “Me parece bien la nueva ley, porque hoy día si estás ocupando 5 minutos de la siguiente media hora, pagas la hora completa. Entonces me parece bien que eso se regule”, opina Miguel Contreras, usuario habitual del estacionamiento de Costanera Center. Contreras señala que aprovecha el estacionamiento todo el día, pagando un máximo de ocho mil pesos. “El cobro es excesivo, pero por aquí no hay muchos lugares que utilizar como estacionamiento, y de hecho en Providencia son más caros que aquí”, agrega.
En los otros malls de Cencosud, como Alto Las Condes y en los Portales de la Dehesa, Osorno, Valparaíso, Talcahuano y Valdivia, también se adoptará la modalidad de cobro de tarifa por minuto utilizando valores diferenciados (ver tabla), sin embargo seguirán liberados de cobro el Mall Florida Center y los Portales de Ñuñoa, La Reina, Temuco, Rancagua y Belloto.
En el caso de la cadena de los Mall Plaza se ocupará la otra modalidad: liberando de costo la primera media hora de uso para luego seguir con pagos por tramo vencido cada 10 minutos. Se cobrará $ 200 en el tramo de 31 a 40 minutos, $ 300 en el tramos de 41 a 50 minutos y $ 400 en el tramo de los 51 a 60 minutos.
En tanto los malls pertenecientes al grupo Arauco mezclan la tarifa por tramos en el caso del Parque Arauco y Mall Arauco San Antonio; la tarifa por minuto en Mall Arauco Chillán y Mall Arauco Estación; y la gratuidad en el resto de la cadena. En el caso de Mall Vivo, que sólo cobra en el Vivo Melipilla, Vivo El Centro y Vivo San Fernando, se mantendrá la primera media hora liberada, optando por la modalidad de cobro por tramo vencido.
En el caso de la Clínica Santa María, aplicará la tarifa por minuto efectivo con un valor de $ 25, y se extenderá la liberación de pago a las personas que presenten impedimentos físicos permanentes o transitorios. Tal como indica la ley, no se cobrará por la pérdida de ticket y se utilizará el registro de placa patente en el sistema para determinar el tiempo efectivo en estos casos. En la Clínica Dávila también se aplicará una tarifa de $ 25 por minuto, pero además se liberará de pago la primera media hora de uso.
Engorrosa tramitación
La tramitación de esta ley no fue sencilla y dista del proyecto original que incluía un período de gratuidad de dos horas, desechado durante la tramitación, con modificaciones en el Senado que lo llevaron a Comisión Mixta. Aún así, para el senador Eugenio Tuma (PPD), miembro de la comisión de Economía, esta compleja tramitación terminó decantando en un proyecto que marca la diferencia a favor de los usuarios, al menos en tres aspectos, como cobro por uso real, eliminando el castigo por pérdida del ticket y obligando a los concesionarios a responder por los daños. “Es una ley proconsumidor, que defiende a los usuarios y que impide abusos de cobros por tiempo no usado”, asegura Tuma. Una opinión completamente distinta tiene el diputado Fuad Chahín (DC), uno de los parlamentarios detrás del proyecto original. “Creo que no cambia en nada la situación de los usuarios y por eso me opuse a los cambios que hicieron en el Senado. El único avance que favorece a los consumidores es que en hospitales y recintos clínicos va a haber gratuidad para atenciones de urgencias”. Según el diputado falangista, “la legislación establece que los estacionamientos son servicios anexos a los malls, centros comerciales y otros recintos. Por eso se planteó la gratuidad, pero el Senado la eliminó. “Quedó un sistema hecho a medida de los proveedores de estacionamientos y malls”, concluyó Chahín.
Vacío legal en caso de daños
Para el abogado Diego Messen, del estudio Moraga & Cía., la principal debilidad que presenta la nueva ley radica en cómo determinar quién se hará cargo de responder a los usuarios que sufran hurto, robos y daños en sus vehículos mientras hagan uso del servicio. Esto, porque si bien la ley señala que será la empresa la que debe responder, condiciona esta reparación a una eventual falta de medidas de protección. Sin especificar cuál es ese estándar mínimo de seguridad. “Esto podría poner una doble carga para el consumidor, porque primero tendrá que probar que el estacionamiento no tenía las medidas de seguridad suficientes para evitar el daño, y segundo, porque tendrá qué probar los valores que tenía al interior de su vehículo y que le fueron sustraídos. Y ¿cómo demuestro que tenía una cámara de un millón de pesos?, por ejemplo”, explica Messen. En su opinión, la ley por sí no da cuenta de cada situación, y por lo tanto su aplicación “se transforma en un tema probatorio, y al final del día será el juez quien va tomar la decisión de hasta dónde se tomaron todas las medidas de precaución para evitar este daño y hasta dónde no”.
En opinión de Fernando Allendes, presidente de la Asociación de Propietarios, Operadores y Concesionarios de Estacionamientos (Apoce), la “adecuada seguridad” de la cual habla la ley se refiere a la seguridad que corresponde razonablemente al destino para el cual fue concebida la instalación. “No podemos pretender que un recinto de estacionamientos tenga las medidas de seguridad propias a una planta de custodia de valores. No es razonable, si así fuera, el estacionamiento en dicho recinto sería impagable”, señala Allendes.
Para el dirigente, si el destino es albergar vehículos, las medidas de seguridad deberán s er acorde a ese destino. “Mínimamente podríamos estimar que se requeriría una adecuada pavimentación, una adecuada iluminación, una adecuada demarcación y señalética, control de acceso o de movimiento interior, presencial o remoto, sistemas contra incendios, cajas protegidas, etc. Sin embargo, cada caso en particular tendrá que ser ponderado en su justa medida, ya que hay grandes diferencias entre unos y otros”. El dirigente aclara que esta ley se aplicará por igual, independiente del tamaño “ya sea en playas de estacionamientos muy básicas hasta en sofisticados edificios”.
El costo de estacionar en el resto del mundo – Por Carolina Marín.
Varios países han elevado tarifas para fomentar el uso del transporte y disminuir la contaminación.
Actualmente la tarificación por el uso de estacionamientos en centros comerciales es concebida principalmente como una política pública asociada al incentivo del transporte público y para evitar externalidades asociadas al uso del automóvil, tales como la congestión o contaminación.
Así, aunque algunos países tienen algunos sistemas de estacionamientos con descuentos o que incluso pueden llegar a ser gratuitos -Alemania, Suecia, o Japón, por ejemplo-, generalmente se concentran en las zonas periféricas, por lo que las zonas urbanas aplican mecanismos de cobro que funcionan principalmente con una tarificación por minuto. Salvo contadas excepciones, Argentina entre ellas, la mayoría de los países establece la prohibición de redondear un valor por aquellos espacios de tiempo no efectivamente utilizados. Uno de los últimos avances en este ámbito se produjo recientemente en España.
En aquellos lugares donde no existen reglas específicas para la tarificación en los centros comerciales, como el Reino Unido, existe libertad para fijar precios, aunque hay normativas que regulan el eventual abuso o el cobro de multas excesivas por el no pago del servicio.
De acuerdo a un informe realizado por la Utem y la organización de consumidores Odecu en base a datos del BID de 2013, a nivel internacional las ciudades de Madrid, París y Amsterdam tienen los mayores valores por minuto, equivalentes, a $ 51, $ 45 y $ 38, respectivamente.