Tribunal Ambiental rechaza clausura de obras en Ventanas
La entidad calificó como “no idónea” la solicitud de la SMA y criticó su urgencia, dado el tiempo transcurrido desde la fiscalización.
Por Constanza Pérez-Cueto, La Tercera
Poco duró la preocupación de Codelco y de las autoridades por la solicitud de clausura de dos obras de la Refinería Ventanas que hizo la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) al Tribunal Ambiental (TA). Ello, porque esta última entidad rechazó tal petición.
El miércoles, la SMA formalizó a la corporación por no contar con los permisos ambientales de las instalaciones denominadas “Botadero y Depósito de Seguridad”, en donde la firma descartaba y acopiaba mineral.
En su formalización, el organismo ambiental pedía la clausura de las operaciones, explicando que “generan un daño inminente al medioambiente y a la salud de las personas”.
Sin embargo, el Tribunal Ambiental determinó ayer que las medidas solicitadas no eran las idóneas y precisó que la SMA no presentó los antecedentes necesarios para acreditar las acusaciones. “El solo hecho de que las mencionadas obras no hayan ingresado al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental no es en sí mismo un motivo suficiente para autorizar el tipo de medidas provisionales como las solicitadas, pues, para ello, se debe acreditar el riesgo de daño inminente al medioambiente o a la salud de las personas”, dijo el ente judicial.
El TA explicó que en el caso del sector Botadero, la SMA no sólo no acreditó el riesgo de lixiviación y su impacto al humedal, sino que solicitó una medida que no es efectiva para impedirlo. Asimismo, en cuanto al Depósito de Seguridad, señaló que si bien se detectó la presencia de sustancias peligrosas y de un campamento de contratistas en las inmediaciones, no se adjuntaron los antecedentes suficientes para evaluar un eventual riesgo producto de una posible exposición a estas sustancias.
Agregó que “resulta inconsistente” la urgencia de la solicitud, dado el “excesivo” tiempo transcurrido desde que la SMA realizó la fiscalización (14 de mayo).
Tras conocer la resolución, la SMA señaló que no comenta fallos judiciales. Sin embargo, hizo presente que derivaría los antecedentes de la fiscalización a su Unidad de Procedimientos Sancionatorios, para que determine la procedencia de una formulación de cargos. También dejó en claro que el requerimiento de ingreso al SEA de las dos obras cuestionadas sigue vigente.
Fuentes relacionadas al proceso dijeron que éste contenía algunos errores, relacionados con que las instalaciones cuestionadas existían desde antes de la vigencia del Seia (desde 1964) y que no han tenido modificaciones, por lo que no requerirían nuevos permisos. También señalaron que la autoridad sanitaria determinó en 2011 que la escoria no es riesgosa para la salud de las personas.
Ayer, el ministro de Minería, Hernán de Solminihac, indicó que la eventual paralización de estas operaciones generaría un alto impacto para el país y la industria. Mientras que el presidente ejecutivo de Codelco, Thomas Keller, descartó por completo riesgos al medioambiente y a la salud de las personas.