Suprema falla a favor de HidroAysén y ratifica aprobación de centrales

En un fallo dividido (3-2), los ministros de la corte rechazaron los siete recursos de protección interpuestos contra el proyecto.

por La Tercera

Un día clave vivió ayer el mayor proyecto eléctrico que se construirá en el país. La Tercera Sala de la Corte Suprema rechazó los siete recursos de protección que interpusieron organizaciones ambientalistas en la Corte de Apelaciones de Puerto Montt, en mayo de 2011, para paralizar la aprobación ambiental de las cinco centrales de HidroAysén, proyecto que impulsa Endesa y Colbún, en la XI Región.

En un fallo estrecho (3-2), los jueces Héctor Carreño, María Eugenia Sandoval y Pedro Pierry rechazaron los recursos, con el voto en contra de Haroldo Brito y Sonia Araneda. Los recursos de protección presentados estiman que se vulneraron varias garantías constitucionales con la aprobación del estudio de impacto ambiental, lo que sucedió el 9 de mayo de 2011. La Corte de Apelaciones de Puerto Montt los había desestimado, con voto disidente. Tras la decisión del máximo tribunal sólo quedan por resolver las mitigaciones propuestas por los organismos públicos y ambientalistas, que reclamaron al comité de ministros. Una señal relevante sobre lo que podría ocurrir en el consejo de ministros la entregó ayer el vocero del Ejecutivo. “La doctrina del gobierno es respetar los fallos de la Corte Suprema”, dijo a La Tercera el ministro secretario general de Gobierno, Andrés Chadwick, tras conocer el dictamen sobre HidroAysén. Tras el fallo, la empresa tramitará la línea de transmisión.

El mundo ambientalista criticó el dictamen. El abogado de Patagonia Sin Represas, Marcelo Castillo, indicó que evalúan recurrir a la Corte Interamericana de Derechos Humanos por violación de garantías, además de presentar acciones civiles y penales para detener el proyecto. Pese a ello, Castillo valoró el fallo. “Pese a ser contrario, tiene votos de minoría y deja constancia de la ilegalidad que se ha cometido”, dijo. Para el abogado del Observatorio LatinoAmericano de Conflictos Ambientales, Lucio Cuenca, este fallo “no significa que el proyecto se vaya a construir”. A su juicio, aún quedan instancias legales para paralizar la construcción de las megacentrales en Aysén.

Para la ex secretaria ejecutiva de la CNE María Isabel González, el fallo es un paso relevante para que el proyecto siga avanzando. Agrega que el fallo “ratifica que toda la evaluación ambiental estuvo bien y que la institucionalidad funciona”.

Votación de ministros

El voto de mayoría de la Corte Suprema indicó que no existe una amenaza a las garantías institucionales que se habían alegado. “No conlleva una ilegalidad o arbitrariedad de la actuación (de la Conama) ni menos conduce a dejar sin efecto la resolución final”, determinó.

En cambio, el voto de minoría de la ministra Araneda apunta a que la legislación ambiental establece que las medidas de mitigación debían estar con anterioridad y no una vez que el proyecto esté aprobado. Hace hincapié en los efectos del proyecto en el Parque San Rafael, en la población de huemules y las fluctuaciones de caudal en los ríos Baker y Pascua, “en los cuales o bien no se han respetado las obligaciones legales de exigir las debidas mitigaciones a los impactos (…) o se ha permitido que obtenga una calificación favorable sin que haya cumplido con el deber legal de identificar previamente el riesgo”.

El magistrado Brito cuestionó las mitigaciones, señalando que los condicionamientos futuros para el proyecto no son “permitidos” por ley. “No puede aceptarse que se haya permitido que dicha obligación se cumpla en el futuro, porque ello significa que tales circunstancias han quedado al margen de la evaluación”.

Las acciones en Endesa

Otro punto cuestionado fue el voto a favor de Pierry. Marcelo Castillo, en su cuenta Twitter, indicó que “es lamentable que un accionista de Endesa decida el futuro de nuestra Patagonia”, aludiendo a las acciones que tiene el juez . El líder del Movimiento Social de Aysén, Iván Fuentes, también lo criticó. “Está claro que se deben adaptar la legislación y los códigos a los más altos estándares que rigen la probidad y conflictos de interés”.

Pierry aclaró que su participación accionaria en Endesa no es una causal de inhabilidad para resolver sobre los recursos de protección que fueron. Los papeles fueron adquiridos con su fondo de desahucio como funcionario público en 1988. Corresponden al 0,0013% de la propiedad y equivalen a más de $ 97 millones, según el valor de la acción. Pierry citó, además, en su defensa, el Código Orgánico de Tribunales.