Desde marzo, alcaldes podrán ser amonestados y multados por errores administrativos

Por Nadia Cabello, El Mercurio.

Hoy solo existe como castigo la destitución del cargo:

Congreso despachó ley que fortalece la probidad en las comunas y perfecciona el rol de los concejales. Estos deberán tener cuarto medio y no podrán ser parientes del edil.

Si hoy un alcalde comete algún error administrativo, solo hay dos opciones: dejarlo pasar o sancionarlo con la destitución de su cargo. Al no haber un punto medio, muchas veces se omite ese tipo de situaciones y quedan sin ninguna reprimenda.

Eso cambiará en marzo cuando entre en vigencia -luego de la aprobación del Tribunal Constitucional- la ley que perfecciona el rol fiscalizador de los concejos y fortalece la transparencia y probidad en los municipios que ayer se despachó en la Cámara de Diputados.

De esa forma, los ediles podrán ser amonestados, obligados a pagar multas, ser castigados con la suspensión temporal de su empleo o, en los casos graves, ser destituidos, dependiendo de la falta al Estatuto Administrativo para Funcionarios Municipales en la que hayan incurrido.

Ese es solo uno de los cambios que trae consigo la nueva norma que, según el Subsecretario de Desarrollo Regional, Miguel Flores, “es el cambio más importante que ha habido en materia municipal en los últimos 15 años o incluso más”.

La ley da más competencias a los concejales para que estos puedan ejercer su labor de fiscalización. Por ejemplo, estos podrán incorporar puntos en las tablas de sesiones que no tengan incidencia presupuestaria -hoy solo puede hacerlo el alcalde-, pedir auditorías externas cada vez que se inicie un período alcaldicio y podrán solicitar a los directores de departamento que comparezcan ante ellos.

Eso sí, esto vendrá con obligaciones: desde 2016 no podrán ejercer el cargo quienes sean parientes hasta en segundo grado por consanguinidad o afinidad con el alcalde, y desde 2020 deberán haber aprobado la enseñanza media.

Para que ejerzan su labor, se estableció que los empleadores de los concejales deberán autorizarlos para asistir a sesiones de pleno y de comisiones y su remuneración aumentará en 30%, pudiendo ganar hasta $638 mil.

La nueva ley apunta de igual modo a modernizar la gestión municipal. Para ello, se crean cinco cargos directivos profesionales que los municipios podrán ocupar aun teniendo sus plantas llenas: los secretarios municipal y de planificación y los directores de administración y finanzas, control y desarrollo comunitario.

Además, se crea un fondo concursable para la capacitación de funcionarios con financiamiento estatal y se define el concepto de notable abandono de deberes para cuando los alcaldes y concejales transgredan las obligaciones que les impone la Constitución o causen detrimento del patrimonio municipal por acción u omisión, entre otras.

Un ítem al que se le otorga importancia es al pago de cotizaciones previsionales de los funcionarios municipales. Es así como se establece que puede ser causal de cesación del cargo de alcalde si estas no se pagan en reiteradas ocasiones.

Cada tres meses los municipios estarán obligados a informar su nivel de morosidad a la Superintendencia de Pensiones, e incluso Tesorería podrá retener dineros del Fondo Común Municipal a aquellas comunas que no cumplan con los pagos.

”Con esto le estamos reforzando el rol fiscalizador al concejal, pero le estamos poniendo varias exigencias también”.

MIGUEL FLORES

SUBSECRETARIO DE DESARROLLO REGIONAL

”Si queremos descentralizar el país, hay que empoderar a los concejales. Esto es un paso, pero estamos a medio camino”.

MARCO ESPINOZA

PRESIDENTE DE CONCEJALES DE CHILE

”Es un avance, pero con el nuevo gobierno vamos a insistir en reformas a la autonomía y financiamiento de las comunas”.

CHRISTIAN VITTORI

VICEPDTE. DE ASOC. DE MUNICIPALIDADES

CONTROL

La norma obliga a los ediles salientes a hacer un acta de traspaso a su sucesor.