¿Qué implican los nuevos cambios a la Ley General de Urbanismo y Construcciones?

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Si bien hasta 2004 los terrenos de uso público reservados a la construcción de calles y parques urbanos tenían un carácter indefinido, esto cambió con la modificación del artículo 59 de la Ley General de Urbanismo y Construcciones (LGUC). Con esto, se estableció que los terrenos para vías expresas caducarían en 10 años, mientras que los reservados para vías troncales, colectores y parques lo harían en cinco años.

Una vez cumplido este período, los municipios tendrían seis meses para asignar nuevas normas que, entre otras cosas, permitían la edificación en estos terrenos, lo que ocurrió en algunas comunas del país. Ejemplo de esto es lo que ocurrió en el cerro Alvarado de Vitacura.

Sin embargo, para evitar que esto siguiera ocurriendo y con ello se viera afectada la accesibilidad, conectividad y creación de espacios públicos, en marzo de 2013 ingresó al Congreso un proyecto de ley para retomar el carácter de indefinido de los terrenos -o afectaciones- de uso público. Producto de esto, hoy se anunció que el Congreso aprobó la iniciativa para modificar la LGUC que, entre otras cosas, permitirá la recuperación de los 26 cerros isla de Santiago.

Conoce los alcances de las modificaciones a continuación.

Según lo establecido en el artículo 59 de la Ley N° 19.939, las reservas de terrenos para parques urbanos y vialidades vencerían el 13 de febrero de 2015, una situación que la Cámara de Diputados catalogó como “irreversible” en 48 comunas del país.

De acuerdo a lo presentado por la ministra de Vivienda y Urbanismo, Paulina Saball, en el debate realizado en la Comisión de Vivienda sobre la modificación de la LGUC, esto significa que en esa fecha caducará el 95 por ciento de este tipo de terrenos de las comunas del país. En tanto, el 5% restante corresponde a las comunas que cuentan con nuevos planos reguladores y que por lo mismo podrá mantener el carácter público de sus terrenos.

Sin embargo, con las modificaciones que el proyecto de ley considera, se podrán reservar 9.452 hectáreas para calles y 15 mil hectáreas para parques urbanos, según obtuvo el Minvu tras una estimación realizada en 2012. Es decir, los nuevos cambios a la LGUC les permitirá a estos terrenos volver a ser públicos de manera indefinida.

Entre estos terrenos están considerados los 26 cerros isla de Santiago, que representan 6.000 hectáreas de áreas verdes que podrán ser  la ciudad. Frente a esta modificación, que ya pasó al Ejecutivo para su aprobación, el intendente de Santiago, Claudio Orrego, dijo a La Tercera que “había que reparar un error que estaba costando carísimo para Santiago. Desafectar esta modificación era hipotecar la ciudad y con esto se rectifica un error que se había cometido y se revaloriza un patrimonio de la ciudad. En Chile no hay expresión más brutal de la desigualdad que el acceso a los espacios públicos. Recuperar esto es un atajo a la lucha”.

Asimismo, se estableció que los municipios tendrán un período de seis meses para informar cuáles serán los terrenos que volverán a ser de uso público. Si bien hay terrenos de 55 municipios que no volverán a ser públicos, porque ya tienen nuevos propietarios, las modificaciones aprobadas permitirán recuperar terrenos para uso público en 178 comunas de Chile.

Las modificaciones aprobadas por el Congreso se pueden descargar aquí.
Referencias: Boletín de la Cámara de Diputados, La Tercera y El Mercurio.