Nuevo reglamento moderniza el sistema de evaluación de impacto ambiental de proyectos

Por Manuel Fernández B., El Mercurio.

La próxima semana será publicado en el Diario Oficial, luego de que la Contraloría hiciera la toma de razón:

El subsecretario del Medio Ambiente, Ricardo Irarrázabal, espera que gracias a esta normativa se corrijan las situaciones que han derivado en una creciente judicialización de las iniciativas de inversión.

Con el objetivo de ajustarse a la nueva legislación medioambiental y corregir los problemas que presenta actualmente el Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA), el Ministerio del Medio Ambiente elaboró un nuevo reglamento, que reemplaza al que está vigente desde 2001.

El tema es clave para la cartera, que estima que la creciente judicialización de proyectos de inversión se ha visto impulsada por los vacíos del actual SEIA. “De alguna manera, este nuevo reglamento viene a ayudar para que mucho de los temas queden bien resueltos en esa etapa. Evidentemente no va a significar que no haya ningún tipo de judicialización, pero esperamos que disminuya”, plantea el ministro (s) del Medio Ambiente, Ricardo Irarrázabal.

La nueva norma recibió la toma de razón de Contraloría esta semana y será publicada la próxima semana en el Diario Oficial. Noventa días más tarde entrará en vigencia para los proyectos que inicien su evaluación ambiental.

Cambio completo

Según el diagnóstico de las autoridades, el sistema actual adolece de múltiples problemas. Uno de ellos, es que los proyectos se presentaban al SEIA de manera incompleta o sin un estándar básico. Esto generaba que el sistema empezara a hacerle consultas al titular una y otra vez, lo que iba eternizando el proceso.

Ahora, explica Irarrázabal, “se eleva el estándar de la evaluación ambiental, con mayores exigencias, tanto para los titulares de proyectos, como para el mismo Estado”. Esto se traduce en que, al ingresar al SEIA, los proyectos deberán contar con una descripción mucho más específica de sus características, de su impacto previsto y de las medidas ofrecidas para mitigarlo.

De esta manera, se tiende hacia una “evaluación temprana”, donde el Servicio de Evaluación Ambiental puede, si no recibe la información esencial, poner término al proceso de inmediato. También tiene la opción de hacer un máximo de dos consultas (se permite una tercera, pero solo con la autorización del director regional del servicio) al titular, lo que obliga al Estado a ser más eficaz.

“Esa es una responsabilidad que le va a caer al Estado, al que en el fondo le decimos: ‘Haga muy bien las preguntas, porque solo tiene dos oportunidades'”, ilustra Irarrázabal.

También hay una nueva regulación de los procedimientos de participación de la ciudadanía. De hecho, si al proyecto se le introducen cambios relevantes después de haber superado la fase en que se pide la opinión de la comunidad, esta deberá volver a ser consultada.

Límites claros

Otra modificación relevante tiene que ver con los permisos que se le piden a un proyecto como parte del SEIA.

“En la evaluación ambiental participan muchos servicios públicos: Ministerio de Salud, Servicio Agrícola y Ganadero, Conaf, Dirección General de Aguas, el Ministerio del Medio Ambiente, etcétera. Y todo esto lo administra el servicio de evaluación ambiental, ya que la ventanilla única significa que finalmente se otorgue solo una autorización ambiental final que incluya una serie de permisos sectoriales. Pero hasta ahora había mucha superposición de los servicios y muchas veces se excedían y preguntaban temas que no tenían que ver con sus competencias propias. Ahora se le exige que cada uno de los servicios solamente pueda pronunciarse respecto de sus propias competencias”, explica el ministro (s).

En esa línea, el reglamento exige a los servicios que sus pronunciamientos respecto de los permisos que otorgan o niegan sean fundados, claros en su argumentación, estén dentro del marco de sus competencias y sean explícitos en cuanto al cumplimiento (o no) de la normativa sobre su impacto ambiental significativo.

“Estamos frente a una suerte de judicialización de proyectos de inversión, porque hay temas que no quedaban bien resueltos en su evaluación ambiental”.

RICARDO IRARRÁZABAL

MINISTRO (S) DEL MEDIO AMBIENTE

Los cambios contemplados

Evaluación temprana

Se suben las exigencias respecto de los aspectos que debe describir un proyecto a la hora de ingresar al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental. Esto permite agilizar el proceso: si no se cumple, puede terminar de inmediato de manera insatisfactoria. Si hay dudas, el Estado puede hacer dos consultas antes de seguir adelante.

Participación

Hoy, la comunidad puede participar solo una vez en el proceso. Ahora, si en algún momento posterior a la fase de participación se produce un cambio relevante en el proyecto, se debe consultar a la ciudadanía.

Permisos

Los servicios que, en el marco de la evaluación ambiental, deban otorgar los permisos que se exijan a un proyecto, deben fundamentar de manera clara sus motivos para entregarlo o negarlo y circunscribirse solo al ámbito de competencias que le es propio.