Editorial – Cierre de calles por inseguridad

(El Mercurio. 15/10/2009)

La Cámara de Diputados ha aprobado recientemente una moción parlamentaria en que se establece el derecho de las agrupaciones de vecinos —tanto propietarios como residentes, siempre que cuenten con el apoyo de tres cuartos de los interesados— de solicitarle a la municipalidad un permiso, por dos años renovables, para restringir el libre tránsito en calles y pasajes mediante rejas o elementos similares.

Existen diversas razones teóricas para cuestionar la idoneidad de la moción parlamentaria, aprobada recientemente en primer trámite constitucional.

Desde el punto de vista económico, las calles son consideradas un “bien público”. Es decir, por una parte, es difícil excluir a las personas de su uso, y, por otra, el uso que haga alguien no implica —salvo cuando están saturadas— que otros no lo puedan hacer. Esa es la razón por la cual nadie está dispuesto a costear un bien del cual todos se pueden beneficiar. Y también es la razón por la que las calles forman parte de los bienes que el Estado debe proveer, utilizando para ello los ingresos de los impuestos.

Desde una perspectiva legal, las calles son definidas como un “bien nacional de uso público”, clasificación que no puede verse afectada por el hecho de que sean sólo los residentes de un sector específico quienes hagan uso de ellas. Por lo demás, el derecho a la libre circulación está claramente establecido en la Constitución.

Desde un punto de vista empírico o práctico resulta también una medida discutible. Si bien los antecedentes del proyecto mencionan el caso de un barrio norteamericano que habría reducido drásticamente su tasa de delitos gracias al cierre de los accesos, la justificación de políticas públicas sobre la base de los datos de un caso puntual —y que difícilmente permiten establecer una relación causal entre la medida y la reducción en el delito— es demasiado débil como para poder predecir resultados similares en caso de ser implementada en nuestro país. Además, y aún cuando el cierre de accesos en el mencionado barrio norteamericano efectivamente haya tenido el efecto indicado, éste debe ser sopesado con los costos en patrimonio, bienestar y calidad de vida que tiene para el porcentaje de residentes que no están de acuerdo, por una parte, y con el impacto negativo que acarrea sobre la circulación en el resto de la ciudadanía, por otra.

Si se considera además que la vulnerabilidad ante la delincuencia es percibida por las personas como relativa a la fragilidad de sus casas o lugares cercanos, es probable que un incremento en elementos de seguridad adquiridos por unos pocos gatille la adopción de una medida similar en muchos otros, tal como ya ha ocurrido en parte en diversos barrios de las ciudades en Chile.

A este respecto, los expertos coinciden en que si bien el control de accesos puede favorecer la prevención de la delincuencia, ésta puede ser igual de efectiva utilizando mecanismos alternativos al cierre propiamente tal. Además, la ausencia de flujo de personas es también una fuente de inseguridad, pues están ausentes los “vigilantes naturales” que ellos representan. Se trata, por lo tanto, de medidas cuya efectividad depende de las circunstancias particulares del caso y de las características particulares de la solución, aspectos que difícilmente serán bien ponderados por los distintos consejos municipales.

La demanda de este tipo de medidas por parte de la ciudadanía tiene una explicación y ella apunta fundamentalmente a la falla del Estado en una de sus funciones más básicas, cual es proveer seguridad a sus ciudadanos.