Organizaciones exigen reformar Ley de Tránsito por inconstitucional y suspender multas a ciclistas en las veredas

Imagen vía Baik.cl

Hay un hecho concreto y medible pasando en nuestras ciudades: el uso de la bicicleta ha aumentado aceleradamente en los últimos años y esto ha cambiado la forma en que todos debemos compartir las calles.

En este contexto hace algunos días el Consejo de la Sociedad Civil de la Substrans y el Centro Bicicultura enviaron una carta al Ministro del Interior y al Ministro de Transporte, pidiéndoles una urgente reforma a la actual Ley de Tránsito por “visos de inconstitucionalidad y discriminación arbitraria” hacia quienes se mueven por la ciudad en bicicleta.
Esta petición tiene la intención de lograr la integración segura y masiva de la bicicleta al tránsito, considerando explícitamente a la bicicleta como un vehículo diferente a los motorizados.


Los invitamos a leer la carta:

Santiago, 8 de Julio de 2014.

Señores Ministros

De Interior y Seguridad Pública, don Rodrigo Peñailillo
De Transportes y Telecomunicaciones, don Andrés Gómez -Lobo

Presente.

Materia:

1) Ley de Tránsito: inclusión explícita y protegida de vehículos vulnerables a energía humana. 2) Suspensión de sanciones.

De nuestra consideración:

En representación de la organización ciudadana de defensa de los derechos de peatones y ciclistas Centro Bicicultura y del Consejo de la Sociedad Civil de la Subsecretaría de Transportes, que entregó su respaldo unánime a esta solicitud, exponemos a ustedes materias que conciernen a sus Carteras, confiando en que vean en ella un aporte real a la erradicación de las injusticias e inequidades que afectan hoy a la población ciclista, así como al establecimiento de relaciones más armoniosas y pacíficas entre todos quienes hacen uso de la vía pública.

Como es sabido, el uso recreativo y de transporte de la bicicleta ha aumentado aceleradamente en la última década en nuestro país y, principalmente, en el Gran Santiago. Ello no sólo es perceptible para cualquier habitante, sino además ha sido corroborado por Estudios y mediciones. Este hecho, sumado al aumento de población y de su movilidad urbana, ha dejado en evidencia que la normativa actual, especialmente la relativa al tránsito, resulta insuficiente e inadecuada.

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La masiva presencia de peatones y ciclistas en la vialidad no sólo tiene efectos beneficiosos sobre la salud de la población por disminución de la contaminación acústica y del aire, o por activar a la población sedentaria al conmutar viajes pasivos por activos, sino que además ofrece una oportunidad única para descongestionar y mejorar las condiciones de seguridad ciudadana y seguridad vial de todo el sistema, produciendo un efecto de calmado de tránsito y seguridad natural. Sin embargo, lograr la integración segura y masiva de la bicicleta al tránsito -y de paso mejorar la seguridad vial de todo el sistema- pasa ineludiblemente por considerar a sus conductores personas legitimadas, con derechos y deberes claros, garantizados por normas que protejan su vulnerabilidad y faciliten el uso y masificación de vehículos a energía humana. Para ello es preciso adoptar pronto medidas en el ámbito jurídico y educacional, avanzando hacia un cambio de cultura en nuestro país.

La actual carencia de normas que promuevan- o al menos faciliten – la sana convivencia y respeto mutuo de los diversos actores en el espacio público en general y muy especialmente en el espacio vial, han transformado a este último en el escenario más violento y desigual de nuestra convivencia urbana diaria, con horarios en donde el abuso de poder domina.

Es esencial que esos valores de respeto y sana convivencia se expliciten adecuadamente, principalmente en la Ley del Tránsito (Nº 18.290 cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado se fijó mediante DFL Nº 1 de 2007, publicado el 29 de octubre de 2009), cuerpo legal que no reconoce a la bicicleta como vehículo diferente, asimilando arbitrariamente a los “ciclos” con los vehículos motorizados de 4 ruedas, cuyo volumen, peso, velocidad y carrocería protectora, en nada se parece a los ciclos, que tienen la particularidad de ser vehículos livianos, generalmente de 2 ruedas, impulsados a energía humana, en donde el cuerpo humano en equilibrio es parte central y constitutiva, lo que convierte a sus conductores(as) prácticamente en “peatones con ruedas”, situándolos en un grado de vulnerabilidad intermedia, entre peatón y conductor(a) de vehículo motorizado, hecho objetivo no reconocido jurídicamente en Chile.

Fotografías recientes de Santiago de Chile: En una de las imágenes un carabinero multa a ciclista (LUN) por no pedalear en la calle, y en la otra, otro carabinero pedalea sin problemas por la vereda en Providencia. Vía Bicicultura

Tratándose de la vulneración de normas de rango constitucional, la omisión arbitraria de esta diferencia razonable y objetiva transgrede abiertamente el artículo 19 N°2 de la Constitución Política de la República. La igualdad ante la ley no solamente supone la aplicación de un mismo estatuto jurídico a personas de similares condiciones que se encuentran en las mismas circunstancias, sino que también prohíbe atribuir la misma consecuencia jurídica a situaciones objetiva y razonablemente diversas. Consecuentemente, se propone legislar una diferenciación normativa de trato que, sobre la base de criterios de razonabilidad, objetividad y proporcionalidad entre medios empleados y fines perseguidos, reestablezca el imperio del derecho, reconociendo las disimilitudes que constituyen a las bicicletas respecto de los vehículos motorizados de cuatro ruedas, como de las circunstancias, peligros y situaciones de hecho a las que se exponen sus conductores.

Dicha carencia implica consecuencias relevantes, como inequidad y discriminación en el trato hacia los y las conductores(as) de ciclos, porque -incluso aquellas escasas normas que consideran la existencia y hacen referencia a vehículos “a tracción humana”- lo hacen regulando de un modo inadecuado y/o impracticable. Sólo como un ejemplo, cabe señalar, una situación cotidiana obligada, más no contemplada, que se da en todo momento en cualquier ciudad de Chile, de transitar en una misma pista bicicleta y vehículo motorizado.

No es asunto de inducir a mayores y temerarios riesgos a ciclistas, ni menos de ponerlos en un lugar de prioridad frente a los peatones, a quienes debe respetárseles en su desplazamiento; pero tampoco se trata de obviar una realidad evidente: se requiere normar, regular, llenar estos vacíos para luego poder educar a la ciudadanía, propendiendo el reconocimiento y respeto por parte de los vehículos motorizados y sus conductores hacia los ciclos y las personas que les conducen, como asimismo, reducirles la exposición al riesgo.

Es vital lograr la máxima coherencia y consistencia entre la educación al usuario de las vías públicas (normas sociales, leyes, programas y políticas públicas), y la señalización, operación, contexto y estándares de infraestructura que se establezcan, todo lo cual coadyuva a una sana convivencia en vías públicas, cumplir el rol protector del Estado hacia sus ciudadanos y, con ello, aportar a la justicia y cohesión social.

Lo anterior, y mucho más, se encuentra detallado y suficientemente respaldado en el “Estudio Normativo de la Bicicleta”, encargado por SECTRA el 2013, estudio que contiene un Análisis Técnico y de Derecho Nacional y Comparado internacionalmente, y que concluye con una propuesta de Anteproyecto de Ley, que modifica y complementa la Ley del Tránsito. Asimismo, se incluyeron en tal documento varias propuestas de medidas posibles de adoptar a corto, mediano y largo plazo. Dicho Estudio y Anteproyecto de ley se encuentra en poder del Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones desde Diciembre de 2013.

En consecuencia, y considerando la relevancia de la materia comentada y la existencia de una herramienta a disposición de las autoridades competentes que facilita una pronta reacción, solicitamos a Uds. avanzar con la mayor urgencia y perseverancia, adoptando las medidas pertinentes que se encuentren dentro del ámbito de su competencia y realizando las coordinaciones necesarias con otras entidades, para terminar con la situación de caos, discriminación arbitraria e inequidad para quienes transitan por las vías públicas en ciclos, especialmente bicicletas.

Mientras se encuentre pendiente la dictación de la normativa que considere explícitamente a la bicicleta como un vehículo diferente a los motorizados y, por lo tanto, con regulación clara y criterios lógicos de exigibilidad, se solicita a Uds. requerir a las autoridades e instituciones competentes, suspender las sanciones que han comenzado o comienzan a cursarse a ciclistas, pues estas mayoritariamente se fundamentan en interpretaciones que, en ciertos casos, vienen a llenar vacíos legales o en otros, corresponden a la aplicación de la ley del tránsito vigente, de una manera arbitraria u homologando la aplicación que les afecta, como si se tratara de vehículos motorizados.

Esperando, señores Ministros, su favorable acogida y pronta respuesta, les saludamos cordialmente.

Jaime Valenzuela
Presidente
Consejo de la Sociedad Civil de la Subtrans

Amarilis Horta Tricallotis
Directora
Centro Bicicultura