Error en la normativa y pérdida de áreas verdes

El año 2004 se aprobó en el MINVU una modificación al art. 59 de la Ley General de Urbanismo y Construcción. Este artículo trata sobre áreas de utilidad pública, como son las vías urbanas, parques intercomunales y comunales, incluidos sus ensanches, establecidos en los Planos Reguladores Comunales e Intercomunales. Esta declaratoria establece una cierta protección sobre las zonas afectadas, impidiendo que se usen con destinos habitacionales, comerciales, industriales, etc. La modificación establecía un plazo para concretar estos terrenos como áreas verdes dentro de 5 años, luego de lo cual, de no ser implementados, serían desafectados, esto significa que dejarían de ser de utilidad pública, y sus dueños podían usarlos según su nuevo destino, que correspondería al que predominara en sus alrededores, es decir, un parque rodeado de una zona habitacional, sería ahora edificable.

El artículo, modificado bajo el mandato del entonces Ministro de Vivienda y Urbanismo, Jaime Ravinet, también establecía que los terrenos podrían renovar su condición de “espacio de utilidad pública”, nuevamente por 5 años, si se presentaba una declaratoria de expropiación antes de los 60 días de caducidad del artículo. Sin embargo, esto tampoco sucedió bajo el mandato de la Ministra en el año 2009, Patricia Poblete, y ahora en el año 2012, no hay siquiera un catastro de cuales son los terrenos privados y estatales, o de cuales son los predios afectados en regiones. Los municipios, mientras tanto, siguen buscando armas para proteger las zonas verdes de las comunas. Para más detalles, le recomiendo leer esta noticia publicada por El Mostrador.

Lamentablemente, la ley no deja mucho espacio para salvaguardar estos terrenos, y los juicios entre privados y Municipios, han dado razón a los primeros, poniendo en riesgo la consolidación de parques existentes, o en los cuales ya se ha hecho alguna inversión, o simplemente en zonas en las que no hay influencia de ningún área verde consolidada. Y pese a que el Congreso logró aplazar la protección hasta febrero del 2010, tampoco se destinaron recursos a la ejecución y mantención de estos parques, que en su mayoría son necesarios en las zonas más desprovistas de la capital, y el decreto nuevamente expiró.

El verdadero problema de esta situación se da para los municipios con menos recursos de la región, quienes por mas que tengan zonas reservadas, no cuentan con los recursos necesarios para su mantención, por lo que generalmente terminan haciendo espacios públicos duros, poco arbolados, que cuesta menos mantener. Pero son precisamente ellos quienes más los necesitan, ya que las áreas verdes urbanas traen muchísimos beneficios para sus habitantes, que van desde la calidad del aire, reducción del stress, la conexión entre los vecinos, la generación de empleos para su construcción y cuidado, la recreación, ya que a menos ingresos hay mas apreciación de espacios públicos, porque se tienen menos recursos para gastar en este ítem, y la educación, que proveen jardines botánicos, zoológicos, etc.

Sin embargo, las áreas verdes en Santiago han crecido hacia los sectores más ricos de la ciudad, tanto así que mapear áreas verdes es casi lo mismo que mapear riqueza, y encontramos que el cono oriente es el único que tiene más de los 9m2 por habitante que recomienda la OMS. El rango va desde Vitacura, que tiene 18,3 m2/hab. Hasta Pedro Aguirre Cerda, que tiene solo 1,2. A continuación, un plano de Santiago que muestra la zona de influencia de áreas verdes, desde distancias caminables. Como se puede ver, los vacíos que presenta el plano coinciden con las zonas más pobres de la capital.

No obstante, las zonas desafectadas por la caducidad del artículo 59 corresponden a 15.000 hectáreas repartidas por la ciudad, lo que rebasa ampliamente nuestras necesidades actuales, e incluso lo que podríamos necesitar para el 2050, si consideramos que la población de la capital va a ser de 10 millones de habitantes, y seguimos necesitando los mismo 9m2 por cada uno. Para hacerse una idea del panorama, esta es nuestra realidad actual.

Nuevamente, vemos la situación de siempre: hoyos en la normativa, y falta de conocimiento sobre cual es el panorama real al que nos enfrentamos, y si hay alguien que se opone, hay mas normativa que frena cualquier impulso de actuar con lógica, como les sucedió a la Fundación Defendamos la Ciudad. Por lo que si aún se pretende resguardar estas zonas desafectadas, deberíamos establecer cuales son necesarias, de acuerdo a donde faltan, o donde se proyecta más densificación demográfica para el futuro, y en donde no falten, según protección de planes que ya se han comenzado a ejecutar, como cerros islas, o parques como el Inés de Suarez, que ha visto comprometido parte de sus terrenos, ya que el predio que esta al norte de Alferez Real, perteneciente a Aguas Andinas, fue desafectado, y la comuna perdió una reserva de espacio verde para cuando se densifique aún más, lo que compromete la mantención de la los estándares de calidad de vida a futuro.

Una vez que algo se construye en la ciudad, es muy difícil echar pie atrás y borrar lo ya hecho, porque por más que se intente, todo deja una huella, consecuencias de su presencia en ese lugar. No es cosa de que en 50 años tomemos un conjunto de edificios, los demolamos y construyamos un gran parque, pues van a haber personas que por toda esta cantidad de tiempo vivieron en estas condiciones, afectando su salud física y psicológica, va a haber hábitats ecológicos perdidos, y la dinámica de la ciudad va a ser completamente distinta. Todo esto porque hay una normativa rígida e ilógica a simple vista, que en vez de cumplir su objetivo, empeora la ciudad que intenta construir.

Fuente planos: Proyecto: Plan Metropolitano de Áreas Verdes Santiago 2012 – 2021, Pablo Fuentes Flores,
Gobierno Regional Metropolitano de Santiago.