Proponen proyecto de Ley de Tránsito para regular a ciclistas y peatones

© Claudio Olivares, vía Flickr PUrb

Bastante revuelo ha causado el anuncio del proyecto de  ley que busca modificar la ley de tránsito para regular la circulación de peatones y ciclistas en las calles de nuestro país. El debate entre quienes usan la bici, quienes caminan y quienes eligen el auto para moverse se mantiene siempre vigente, muestra de ello son las interminables discusiones a través de cartas al director en los medios y redes sociales.

En esencia, la modificación dictaminaría que las veredas corresponderán exclusivamente al tránsito de peatones, mientras que las ciclovías que existen en la capital serán de uso exclusivo de ciclistas. Se sancionará a quienes utilicen la vía inapropiada, con la salvedad de que a falta de una ciclovía, el ciclista puede utilizar las veredas con precaución.

Este medida ¿vendría a solucionar el problema de la inseguridad de peatones y ciclistas? ¿es suficiente? ¿o se necesita más educación cívica al respecto? ¿Se debe regular a los automovilistas y no a los ciclistas? Dejamos abierto el debate, y a continuación pueden leer el proyecto de ley presentado:

Modifica la Ley N° 18.290, de Tránsito, con el objeto de regular la circulación de ciclistas y peatones.

Boletín N° 7593-15

Que, considerando la necesidad de introducir normas jurídicas que promuevan la correcta utilización de las vías diseñadas para el tránsito de vehículos motorizados, evitando con ello desgraciados efectos que atentan contra la vida e integridad física y síquica de los conductores, así como también el formar una cultura o concientización de parte de los peatones de ocupar las aceras como único espacio destinados para su tránsito. Los firmantes del presente proyecto de ley, tenemos la convicción que tales finalidades, no se encuentran lo suficientemente afianzas en las personas y, junto con ello, la legislación existente respecto a estos puntos es claramente insuficiente.

Pensamos que en la actualidad una infraestructura adecuada para el tránsito de peatones y ciclistas es indispensable para alcanzar menores índices de accidentes de tránsito, pero al mismo tiempo creemos que una regulación a nivel legal del uso de la bicicleta como medio de transporte es un paso importantísimo para el reconocimiento definitivo y permanente de esta forma de desplazamiento.

Así las cosas, el presente proyecto de ley viene en regular mediante la imposición de sanciones el tránsito de ciclistas y peatones, consagrando con ello medidas tendientes a la protección de ambos y con ello establecer un mayor orden en el tránsito y consecuencialmente generar una mayor cultura del respeto, tanto a los peatones que transitan por veredas como a ciclistas que transitan por ciclovías.

Que, actualmente y de acuerdo a frondosos informes periodísticos, los accidentes ocasionados por peatones que transitan por las denominadas ciclovías son más frecuentes de lo que se piensa, lo anterior a partir del hecho que existe una falsa idea que tales vías corresponden a las aceras peatonales, no otorgándoles a los ciclistas la posibilidad de ocupar las obras hechas precisamente para el desplazamiento a través de tales medios de transporte.

Que, el presente proyecto de ley también viene en generar la cuestión de introducir en nuestros caminos y carreteras la construcción de obras destinadas a los ciclistas con la finalidad de integrarlos a la esfera del transporte de un modo completo, generando con ello un círculo virtuoso no sólo a nivel del transporte, sino que también generaría beneficiosas consecuencias en el ámbito de la salud de la personas, en el medio ambiente, entre otros factores.

Que, específicamente el presente proyecto de ley viene en regular el uso de las ciclovías única y exclusivamente para los ciclistas y el uso de las veredas solamente para los peatones, pretendiendo implementar una normativa clara en torno a los derechos y obligaciones para estas personas en el uso de las vías.

PROYECTO DE LEY

Artículo Único: Incorpórese un nuevo inciso ° al artículo 129 de la ley del tránsito 18.290 el que reza de la siguiente forma

“Se prohíbe asimismo a los peatones transitar por ciclovías, como también a ciclistas transitar por calles o avenidas. Pero si en la zona donde se pretendiere transitar a través de bicicletas no existieren ciclovias, se podrá circular por la acera con la debida diligencia y cuidado”