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xmlns:georss="http://www.georss.org/georss" 	> <channel><title>Comentarios en: Nueva regulación para antenas celulares</title> <atom:link href="http://www.plataformaurbana.cl/archive/2008/04/17/nueva-regulacion-para-antenas-celulares/feed/" rel="self" type="application/rss+xml" /><link>http://www.plataformaurbana.cl/archive/2008/04/17/nueva-regulacion-para-antenas-celulares/</link> <description>Urbanismo, Ciudad, Crecimiento, Participación, Santiago, Chile, Blog, Urban, Urbano</description> <lastBuildDate>Sun, 12 Feb 2012 14:31:02 +0000</lastBuildDate> <sy:updatePeriod>hourly</sy:updatePeriod> <sy:updateFrequency>1</sy:updateFrequency> <generator>http://wordpress.org/?v=3.0.5</generator> <item><title>Por: Ley de colocalización antenas es votada en Cámara de diputados : Observatorio de Medios FUCATEL</title><link>http://www.plataformaurbana.cl/archive/2008/04/17/nueva-regulacion-para-antenas-celulares/#comment-434531</link> <dc:creator>Ley de colocalización antenas es votada en Cámara de diputados : Observatorio de Medios FUCATEL</dc:creator> <pubDate>Tue, 03 Jan 2012 03:43:52 +0000</pubDate> <guid
isPermaLink="false">http://www.plataformaurbana.cl/archive/2008/04/17/nueva-regulacion-para-antenas-celulares/#comment-434531</guid> <description>[...] Lea más en Plataforma Urbana [...]</description> <content:encoded><![CDATA[<p>[...] Lea más en Plataforma Urbana [...]</p> ]]></content:encoded> </item> <item><title>Por: Mauricio</title><link>http://www.plataformaurbana.cl/archive/2008/04/17/nueva-regulacion-para-antenas-celulares/#comment-425233</link> <dc:creator>Mauricio</dc:creator> <pubDate>Mon, 10 Oct 2011 00:43:33 +0000</pubDate> <guid
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isPermaLink="false">http://www.plataformaurbana.cl/archive/2008/04/17/nueva-regulacion-para-antenas-celulares/#comment-372318</guid> <description>De donde señor varas ,saco usted que aun no pasan 15 años desde la emision de campos electromagneticos, la telefonia celular se inicio con los primeros equipos de radio, en chile desde 1989, en 1990 se instalo la primera red de telefonia celular en chile, por lo cual han pasado ya mas de sus 15 años, los daños a la salud estan demostrado, por tal motivo la oms tiene  niveles maximos de radiacion tanto laboral como general, los estudios de la propia oms indican que los niveles maximos realizados sin causar daños en las personas han sido de 400 micro watts centimetro cuadrados, durante 30 minutos, sin embargo durante muchos años se permitio en chile la radiacion de 435  mw7cmt2 durante años no durante minutos, por lo cual el gobierno Chileno asesino lentamente a personas que sin usar celular debian exponerse a ssu radiaciones, lo mismo paso con el tabaco, y habian personas como usted que se compraban la propaganda de las empresas y sin embargo hoy , no nos permiten fumar en muchos lugares por el daño ocacionado por el tabaco aun en personas que no fuman,
señor varas, aprenda de las experiencias y realice un poco de ejercicio mental antes de ponerse a decir mentiras</description> <content:encoded><![CDATA[<p>De donde señor varas ,saco usted que aun no pasan 15 años desde la emision de campos electromagneticos, la telefonia celular se inicio con los primeros equipos de radio, en chile desde 1989, en 1990 se instalo la primera red de telefonia celular en chile, por lo cual han pasado ya mas de sus 15 años, los daños a la salud estan demostrado, por tal motivo la oms tiene  niveles maximos de radiacion tanto laboral como general, los estudios de la propia oms indican que los niveles maximos realizados sin causar daños en las personas han sido de 400 micro watts centimetro cuadrados, durante 30 minutos, sin embargo durante muchos años se permitio en chile la radiacion de 435  mw7cmt2 durante años no durante minutos, por lo cual el gobierno Chileno asesino lentamente a personas que sin usar celular debian exponerse a ssu radiaciones, lo mismo paso con el tabaco, y habian personas como usted que se compraban la propaganda de las empresas y sin embargo hoy , no nos permiten fumar en muchos lugares por el daño ocacionado por el tabaco aun en personas que no fuman,<br
/> señor varas, aprenda de las experiencias y realice un poco de ejercicio mental antes de ponerse a decir mentiras</p> ]]></content:encoded> </item> <item><title>Por: Antonio Varas</title><link>http://www.plataformaurbana.cl/archive/2008/04/17/nueva-regulacion-para-antenas-celulares/#comment-372293</link> <dc:creator>Antonio Varas</dc:creator> <pubDate>Tue, 27 Apr 2010 19:59:51 +0000</pubDate> <guid
isPermaLink="false">http://www.plataformaurbana.cl/archive/2008/04/17/nueva-regulacion-para-antenas-celulares/#comment-372293</guid> <description>Los estudios al trespecto del daño que puedan ocasionar las emisiones de las antenas requieren de un número determinado de años. Esto no ha pasado aún, pues entiendo que se requieren al menos 15 años de studios para validar las conclusiones.
Así como no se han podido terminar estudios serios sobre que no producen daños, es lógico concluir, que tampoco puede haber estudios serios que indiquen que las emisiones de las antenas producen daños.
No creo que exista una sola persona que haya fallecido o enfermado seriamente sólo por las emisiones de las antenas. Si lo hubiera, sería bueno identificarla y tener acceso a los detalles de su enfermedad, sus causas y efectos.
Todo lo demás, son especulaciones.
Adicionalmente, el tener miedo de las antenas por los hijos, puede ser válido. Pero, es una ooción personal que no se debe transmitir como una certeza o verdad.
Aclaro que no pertenezco a ninguna empresa de telefonía celular ni tengo intereses en el negocio.</description> <content:encoded><![CDATA[<p>Los estudios al trespecto del daño que puedan ocasionar las emisiones de las antenas requieren de un número determinado de años. Esto no ha pasado aún, pues entiendo que se requieren al menos 15 años de studios para validar las conclusiones.<br
/> Así como no se han podido terminar estudios serios sobre que no producen daños, es lógico concluir, que tampoco puede haber estudios serios que indiquen que las emisiones de las antenas producen daños.<br
/> No creo que exista una sola persona que haya fallecido o enfermado seriamente sólo por las emisiones de las antenas. Si lo hubiera, sería bueno identificarla y tener acceso a los detalles de su enfermedad, sus causas y efectos.<br
/> Todo lo demás, son especulaciones.<br
/> Adicionalmente, el tener miedo de las antenas por los hijos, puede ser válido. Pero, es una ooción personal que no se debe transmitir como una certeza o verdad.<br
/> Aclaro que no pertenezco a ninguna empresa de telefonía celular ni tengo intereses en el negocio.</p> ]]></content:encoded> </item> <item><title>Por: Patricio Ponce Arqueros</title><link>http://www.plataformaurbana.cl/archive/2008/04/17/nueva-regulacion-para-antenas-celulares/#comment-368549</link> <dc:creator>Patricio Ponce Arqueros</dc:creator> <pubDate>Wed, 17 Feb 2010 00:46:14 +0000</pubDate> <guid
isPermaLink="false">http://www.plataformaurbana.cl/archive/2008/04/17/nueva-regulacion-para-antenas-celulares/#comment-368549</guid> <description>Estimados, dado que el tema da para mucho -como bien se ha reflejado en los comentarios- los quiero invitar a revisar otro artículo donde recopilando más información y asesorando a la comisión de la cámara pude adentrarme más en el tema y verificar que menos torres no necesariamente es la solución.Este es el artículo llamado: &lt;a href=&quot;http://www.plataformaurbana.cl/archive/2009/08/23/ley-de-antenas-%C2%BFco-localizar-o-no-co-localizar/&quot; rel=&quot;nofollow&quot;&gt;Ley de Antenas: ¿Co-localizar o no colocalizar?
&lt;/a&gt;
slds</description> <content:encoded><![CDATA[<p>Estimados, dado que el tema da para mucho -como bien se ha reflejado en los comentarios- los quiero invitar a revisar otro artículo donde recopilando más información y asesorando a la comisión de la cámara pude adentrarme más en el tema y verificar que menos torres no necesariamente es la solución.</p><p>Este es el artículo llamado: <a
href="http://www.plataformaurbana.cl/archive/2009/08/23/ley-de-antenas-%C2%BFco-localizar-o-no-co-localizar/" rel="nofollow">Ley de Antenas: ¿Co-localizar o no colocalizar?<br
/> </a><br
/> slds</p> ]]></content:encoded> </item> <item><title>Por: samit</title><link>http://www.plataformaurbana.cl/archive/2008/04/17/nueva-regulacion-para-antenas-celulares/#comment-368538</link> <dc:creator>samit</dc:creator> <pubDate>Tue, 16 Feb 2010 21:25:30 +0000</pubDate> <guid
isPermaLink="false">http://www.plataformaurbana.cl/archive/2008/04/17/nueva-regulacion-para-antenas-celulares/#comment-368538</guid> <description>Las municipalidades podrian si lo desean avisar a las comunidades donde se van a instalar antenas ellas toman conocimiento 15 dias antes del inicio de los trabajos
por lo cual podrian perfectamente hacerlo.
Disculpen una critica politica
La concertacion critica hoy el que los ministros del empresario, electo. presidente de chile tenga puros empresarios o gente relacionada con empresas como ministros, pero eellos fueron los primeros un ejemplo
El ministro de telecomunicaciones Rene Cortazar, al ser nombrado Ministro era  Director de la Empresa Entel, y es ministro del mismo rubro de su empresa,  la empresa que mas antenas a instalado en estos años  adivinen   ENTEL</description> <content:encoded><![CDATA[<p>Las municipalidades podrian si lo desean avisar a las comunidades donde se van a instalar antenas ellas toman conocimiento 15 dias antes del inicio de los trabajos<br
/> por lo cual podrian perfectamente hacerlo.<br
/> Disculpen una critica politica<br
/> La concertacion critica hoy el que los ministros del empresario, electo. presidente de chile tenga puros empresarios o gente relacionada con empresas como ministros, pero eellos fueron los primeros un ejemplo<br
/> El ministro de telecomunicaciones Rene Cortazar, al ser nombrado Ministro era  Director de la Empresa Entel, y es ministro del mismo rubro de su empresa,  la empresa que mas antenas a instalado en estos años  adivinen   ENTEL</p> ]]></content:encoded> </item> <item><title>Por: Francisco</title><link>http://www.plataformaurbana.cl/archive/2008/04/17/nueva-regulacion-para-antenas-celulares/#comment-368535</link> <dc:creator>Francisco</dc:creator> <pubDate>Tue, 16 Feb 2010 20:12:09 +0000</pubDate> <guid
isPermaLink="false">http://www.plataformaurbana.cl/archive/2008/04/17/nueva-regulacion-para-antenas-celulares/#comment-368535</guid> <description>Creo que las Antenas sí contaminan, a lo menos a la salud mental, de quienes con impotencia ven como abusivamente las instalan incluso en casas particulares, con vecinos de todas edades, cerca de plazas etc.  Lo extraño es que las Municipalidades se declaran incompetentes y sin autoridad sobre el tema.   Pero lo más extraño es que empresas se presten para favorecer económicamente a determinadas personas (contactos-pitutos-etc).  Ahora es un gran negocio conocer a alguien de estas empresas y ofrecer el patio, la cocina o demoler algo para recibir dinero en cifras más que importante. ¿porqué no lo hacen en lugares cercanos, en altura, públicos o privados, estadios etc?.   Pero no se trata de eso sino, de hacer un buen negocio en el cual unos pocos se beneficien y unos muchos se perjudiquen.   No quiero pensar que los Municipios estén en esto y premeditadamente no adviertan ni protejan a sus vecinos.   Todo esto nada tiene que ver con el progreso al que todos apoyamos.</description> <content:encoded><![CDATA[<p>Creo que las Antenas sí contaminan, a lo menos a la salud mental, de quienes con impotencia ven como abusivamente las instalan incluso en casas particulares, con vecinos de todas edades, cerca de plazas etc.  Lo extraño es que las Municipalidades se declaran incompetentes y sin autoridad sobre el tema.   Pero lo más extraño es que empresas se presten para favorecer económicamente a determinadas personas (contactos-pitutos-etc).  Ahora es un gran negocio conocer a alguien de estas empresas y ofrecer el patio, la cocina o demoler algo para recibir dinero en cifras más que importante. ¿porqué no lo hacen en lugares cercanos, en altura, públicos o privados, estadios etc?.   Pero no se trata de eso sino, de hacer un buen negocio en el cual unos pocos se beneficien y unos muchos se perjudiquen.   No quiero pensar que los Municipios estén en esto y premeditadamente no adviertan ni protejan a sus vecinos.   Todo esto nada tiene que ver con el progreso al que todos apoyamos.</p> ]]></content:encoded> </item> <item><title>Por: samit</title><link>http://www.plataformaurbana.cl/archive/2008/04/17/nueva-regulacion-para-antenas-celulares/#comment-368492</link> <dc:creator>samit</dc:creator> <pubDate>Tue, 16 Feb 2010 03:59:50 +0000</pubDate> <guid
isPermaLink="false">http://www.plataformaurbana.cl/archive/2008/04/17/nueva-regulacion-para-antenas-celulares/#comment-368492</guid> <description>ale, cual esel afan de negar lo innegable,viste algun documento de los empresarios de telecomunicaciones que nieguen rotundamente el daño a la salud que producirian esos aparatos, antenas y celulares, No no existe ninguno, lo mas que se atreven a decir es : No esta comprobado, por que el usuario debe probar el daño, o es eñ empresario quien debe probar que fuera de toda duda lo que nos vende no hace daño, la ley del consumo asi lo indica el importados o productor debe verificar que lo que vende no represente un daño a la salud del consumidor, y ellos , los empresarios, no lo han demostrado.
Por lo cual solo por los intereses economicos de los empresarios es que se venden equipos que no cuentan con certificaciones claras de seguridad, y solo se limitan a desligar responsabilidades  imprimiendo en sus folletos que se deben respetar los tiempos de comunicacion a no mas de 6 minutos , como es lo permitido por la ICNIRP (que espero sepas lo que es) pues si no estarias solo hablando por hablar, que asegura que la exposicion maxima es de seis minutos maximo para usuarios y de 30 minutos para profesionalesxau, ale  y lee algo, ahora si tienes un familiar empresario de las telecomunicaciones sihue asi es por lo que ganas plata, pero  y por ultimo, la fabricacion de armas de destruccion masiva no esta penalizada si se hace en grandes cantidades lo malo es hacerlo en forma artesanal
xau</description> <content:encoded><![CDATA[<p>ale, cual esel afan de negar lo innegable,viste algun documento de los empresarios de telecomunicaciones que nieguen rotundamente el daño a la salud que producirian esos aparatos, antenas y celulares, No no existe ninguno, lo mas que se atreven a decir es : No esta comprobado, por que el usuario debe probar el daño, o es eñ empresario quien debe probar que fuera de toda duda lo que nos vende no hace daño, la ley del consumo asi lo indica el importados o productor debe verificar que lo que vende no represente un daño a la salud del consumidor, y ellos , los empresarios, no lo han demostrado.<br
/> Por lo cual solo por los intereses economicos de los empresarios es que se venden equipos que no cuentan con certificaciones claras de seguridad, y solo se limitan a desligar responsabilidades  imprimiendo en sus folletos que se deben respetar los tiempos de comunicacion a no mas de 6 minutos , como es lo permitido por la ICNIRP (que espero sepas lo que es) pues si no estarias solo hablando por hablar, que asegura que la exposicion maxima es de seis minutos maximo para usuarios y de 30 minutos para profesionales</p><p>xau, ale  y lee algo, ahora si tienes un familiar empresario de las telecomunicaciones sihue asi es por lo que ganas plata, pero  y por ultimo, la fabricacion de armas de destruccion masiva no esta penalizada si se hace en grandes cantidades lo malo es hacerlo en forma artesanal<br
/> xau</p> ]]></content:encoded> </item> <item><title>Por: Ale</title><link>http://www.plataformaurbana.cl/archive/2008/04/17/nueva-regulacion-para-antenas-celulares/#comment-368491</link> <dc:creator>Ale</dc:creator> <pubDate>Tue, 16 Feb 2010 03:22:25 +0000</pubDate> <guid
isPermaLink="false">http://www.plataformaurbana.cl/archive/2008/04/17/nueva-regulacion-para-antenas-celulares/#comment-368491</guid> <description>Es necesario descalificar cuando no estamos de acuerdo??? que feo no??
y sip aun no hay un sólo caso comprobando el daño causado y hace mas de 10 años que usamos celulares.. ahora, es necesario generar polemicas de todo??? poedmos decir entonces que Sí es un mito.Saludos y buena vida.</description> <content:encoded><![CDATA[<p>Es necesario descalificar cuando no estamos de acuerdo??? que feo no??<br
/> y sip aun no hay un sólo caso comprobando el daño causado y hace mas de 10 años que usamos celulares.. ahora, es necesario generar polemicas de todo??? poedmos decir entonces que Sí es un mito.</p><p>Saludos y buena vida.</p> ]]></content:encoded> </item> <item><title>Por: Boris</title><link>http://www.plataformaurbana.cl/archive/2008/04/17/nueva-regulacion-para-antenas-celulares/#comment-363888</link> <dc:creator>Boris</dc:creator> <pubDate>Wed, 18 Nov 2009 16:13:51 +0000</pubDate> <guid
isPermaLink="false">http://www.plataformaurbana.cl/archive/2008/04/17/nueva-regulacion-para-antenas-celulares/#comment-363888</guid> <description>Hola.
Me parecio interesante el tema y quiero compartir lo que esta pasando cientos de vecinos de Maipu.La concesión de telefonia para nuestro sector, se estableció a través de los decretos N° 17 y N°  42 del año en curso. Dichos decretos de autorización adolecen de graves errores, por cuanto los datos contenidos en los mismos son evidentemente erróneos, confusos e inexactos, junto con una total falta de cumplimiento de las solemnidades requeridas por la ley para la instalación de la referida concesión.
Primeramente cabe señalar que la obligación que impone la ley, de publicar en el diario oficial los extractos de la solicitud de concesión, tienen por fin  informar a la comunidad de las futuras instalaciones de la concesionaria solicitante. Con ello, el que tenga interés podrá oponerse al otorgamiento o modificación de la concesión, dentro del plazo de 10 días  contados desde la publicación del extracto de la solicitud.
En los hechos, esto fue del todo incumplido, ya que los vecinos del sector se dieron cuenta que, con fecha 29 de abril del presente, y ante nuestro desconocimiento, simple y llanamente  apareció de la noche a la mañana una torre porta antena de celular, entre nuestras casas y patios.  En un  sector residencial, densamente poblado, donde no hubo ni hay  ningún criterio de racionalidad en el emplazamiento, Nadie absolutamente nadie, ni el dueño de la propiedad, ni la empresa adjudicada de la señal, menos la empresa que ejecuto los trabajos, informaron sobre esta situación, siendo que esta instalación causa un grave daño a nuestro sector y afecta  la plusvalía de nuestras propiedades. Donde muchos están  pagando créditos hipotecarios por sus propiedades y otros son  propietarios producto de años de esfuerzos, sacrificios y también postergaciones.El artículo 15 inciso 4º de la ley 18.168, señala que “El que tenga interés en ello podrá oponerse al otorgamiento de la concesión o modificación de la concesión, dentro del plazo de 10 días contados desde la publicación del extracto. Por lo tanto  la oposición dentro del procedimiento de concesiones telefónicas, se encuentra expresamente admitido por nuestra legislación.Como es de vuestro conocimiento una vez instalada la antena, y a pesar de que fue imposible que los vecinos pudiésemos oponernos a la concesión de la forma establecida por la ley, por los referido errores que con precisión hemos señalado que  adolecían los primeros extractos publicados, igualmente los vecinos hicimos publica nuestra preocupación  en la tarde del día viernes 15 de mayo, día en el cual acudimos a una reunión con el Sr. Pablo Bello Subsecretario de Telecomunicaciones,   En  esta reunión se  informo al Subsecretario por parte de los vecinos  que el decreto que autorizo el funcionamiento de esta antena Decreto Nº 17, con publicación en el diario Oficial el día 14 de Febrero del 2009 adolecía de un grave error, ya que las coordenadas de latitud y longitud  señaladas en este decreto para la instalación corresponden  a un cerro en Tiltil y no a la propiedad donde se instalo la antena.  Ante esto el Sr. Subsecretario señalo que si era así, se suspendían las obras mientras se regularizaba la situación, y los vecinos ganábamos más tiempo para oponernos a esta instalación. En la misma reunión  El Sr. Subsecretario señala que existe impacto negativo y que las propiedades colindantes sufrían un devaluó entre 30% y 35%, lo cual honestamente nos parece inaceptable que sabiendo esta situación se permita y autorice lo anterior,  sin medida alguna dirigida a mitigar ó indemnizar  a favor de los afectados los perjuicios causados a estos,  sino solo se preocupen de rentabilizar los intereses de la compañía,Es de claro conocimiento, lo necesario que es el desarrollo tecnológico en el país, sin duda, pero no se puede esgrimir buen servicio y desarrollo tecnológico atropellando a los ciudadanos, sin estar sustentado por estudios técnicos imparciales que avalen las instalaciones y no solo criterios de beneficio económico para el que arrienda la propiedad como así mismo  de la compañía,  en perjuicio de todo el resto de la comunidad.Además podemos agregar que consultados los antecedentes en OIRS de Subsecretaria de Telecomunicaciones respecto a esta antena ya instalada en la propiedad colindantes a nuestros hogares,  la  subsecretaría señala e informa a los vecinos: OIRS responde Consulta Nº 21137-0. Respecto a una estación base del servicio de telefonía móvil ubicada en Los Poetas Nº 923, comuna de Maipú, en las bases de la Subsecretaría de Telecomunicaciones no hay registro de ella. Este es otro antecedente que, sumado lo anteriormente expuesto en relación al  decreto N° 17 y N° 42 de este año, siguen confundiendo y afectando el ejercicio de nuestros derechos ciudadanos.Los vecinos hemos seguido este proceso desde el primer día, y es así que con fecha  miércoles 03 de Junio, la luz de la torre instalada en los Poetas # 923 se encendió por primera vez, y junto con ella esa misma noche han comenzado episodios anómalos como,  un ruidos en forma aleatoria en la referida propiedad, además de reiterados pitos e interferencias en las transmisiones televisiva de los televisores de los bienes raíces colindantes, los cuales también debemos suponer que son en forma aleatoria siendo que antes de la  aparición de esta “antena” estas situaciones no existían.
Es por todo lo anterior que  los vecinos reunidos acordamos enviar una presentación a su persona con fecha 10 de Junio,  al Sr. Ministro de Transportes y Telecomunicaciones Sr. René Cortázar, La cual fue  registrada con N° de Ingreso 32880,  finalmente nos respondió con fecha  26 de Junio del 2009,  El subsecretario de telecomunicaciones quien firmo y en el punto 3.2 de su carta respuesta la cual acompaño, señalaSin embargo, con fecha 24 de junio (2 días antes), de la respuesta firmada por el Sr. Subsecretario de Telecomunicaciones, la OIRS de  Subtel  informa por escrito lo siguiente:OIRS responde Consulta 22199-0‏
De:	 Karen Alejandra Escobar Uribe (kescobar@subtel.cl)
Enviado:	miércoles, 24 de junio de 2009 21:02:43
Para:CC: 	Modulo Oirs (oirs@subtel.cl)
En relación a su consulta, ingresada a través de nuestra Oficina de Información, Reclamos y Sugerencias (OIRS), le informo que Entel Pcs y Entel Telefonía Móvil han ingresado a esta Subsecretaría de Estado una solicitud de modificación de coordenadas para Los Poetas N° 923.
Más al ver la modificación de la concesión publicada el día 29 de Septiembre queda en evidencia que son mucho más que dos días, por cuanto se nos engaño en carta  de subsecretaria a su cargo.
ES INCOMPRENSIBLE que existan tantos errores en una autorización de instalación,  errores reiterados e información confusa en perjuicio de nuestro vecindario,  las veces que se ha recurrido a solicitar respuestas  por parte de la OIRS (OIRS responde Consulta 22199-0‏), la OIRS contesto con información que no correspondía a lo solicitado,  se tuvo que reiterar la consulta, la respuesta excedía el plazo señalad, en fin un sin numero de graves irregularidades, que sorprendentemente siempre benefician a las empresas.Solo basta considerar  los referido hechos denunciados en esta simple misiva,  para que  sin duda se pueda constatar que estamos ante un proceso lleno de errores, que va minando la credibilidad, confianza, estabilidad de las instituciones, generando en definitiva desilusión  de los ciudadanos, para con sus autoridades, ya que todos los errores en cuestión en definitiva generan negación y confusión en la entrega de antecedentes a la comunidad afectada, y esto no ha hecho más que confundir y privar a los vecinos de la ejecución de nuestros derechos.Recién hoy, 8 de octubre del presente año, podemos hacernos parte en este proceso de concesión,  en vista que solo recientemente, con fecha día 29 de Septiembre del presente año, la publicación requerida ha cumplido con las formalidades establecidas para la valides del referido procesoDetrás de cada firma que se acompaña a esta presentación, todos mayores de edad, integrantes de distintas y diversas familias, con sus respectivos Nombres, Rut y Domicilios hay sueños, hay esfuerzo, hay familias que han tomado años en pagar sus obligaciones a fin de poder hacer suyas definitivamente sus propiedades,  otros que aun las están pagando, y otros que amargamente compraron en el pasaje frente a la propiedad donde fue emplazada  la antena, hace solo 2 ó 3 años y con esto se les destruyo el sueño y la felicidad legitima de la casa propia.
Es por nuestros ancianos arraigados por muchos años en este lugar y por nuestro derecho a vivir en paz, tranquilidad, seguridad y salud que solicitamos se sirva, acoger esto oposición, por los siguientes fundamentos:1° La Antena primeramente fue erradamente emplazada en otras coordenadas geográficas, lo cual no permitió, ni permitirá jamás ejercer los derechos ciudadanos de como son Interponer una oposición dentro del procedimiento de concesiones telefónicas, que se encuentra expresamente admitido en el artículo 15 inciso 4º de la ley 18.168, al amparo del cual “El que tenga interés en ello podrá oponerse al otorgamiento de la concesión o modificación de la concesión, dentro del plazo de 10 días contados desde la publicación del extracto. Lo cual hoy recién podemos hacer en virtud que hoy si las coordenadas corresponden a nuestro sector.2° Sr. Subsecretario en reunión con nosotros señala que nuestras propiedades bajan entre 30% y 35%. hay  Testigos presentes:3° Inconsistencia entre los planos presentados en la municipalidad,  la dirección de aeronáutica y los decretos N° 17 y N° 42.4° Porque junto con la torre construyeron una caseta y una habitación, que según lo consultado en la Ilustre Municipalidad de Maipú, no cuenta con  permiso municipal obra complementaria.5° Diferencias de coordenadas entre “decretos” que se suponía autorizaban la instalación y el certificado de la DGAC.6° Por que cuando  se consulta en OIRS de Subtel sobre instalación de torre y antena en pasaje los Poetas # 923,  OIRS responde Consulta Nº 21137-0. Respecto a una estación base del servicio de telefonía móvil ubicada en Los Poetas Nº 923, comuna de Maipú, en las bases de la  Subsecretaría de Telecomunicaciones no hay registro de ella.8° Porque se nos mintió una y otra vez al momento de solicitar la información necesaria, lo cual no nos permitió ejercer nuestros derechos como queda de manifiesto en carta de respuesta del Sr. Subsecretario, de fecha   26 de junio del 2009, donde nos informa que la empresa aún no regulariza las coordenadas erróneas en el decreto, Sin embargo 2 días antes OIRS de su repartición por escrito informa exactamente lo contrario. Además en el extracto publicado el día 29 de Septiembre en la página N° 14, 15 y 18 donde se corrigen las coordenadas, queda en evidencia que se ingreso con mucha anterioridad la modificación de las coordenadas.11° El plazo otorgado por la dirección de Obras municipales de Maipú es de 90 días, para regularizar las obras paralelas que construyeron junto a la torre, El plazo a transcurrido con creces el plazo establecido y aún así a la fecha la Sra. Teresa Font Arancibia,, quien tiene propiedad colindante a la referida antena, a constatado que no se ha regularizado informándosele que tiene que esperar. A lo que nosotros solo nos cabe cuestionar que debemos esperar? Y cuanto más debemos esperar?Nuestra oposición esta  fundada en los errores cometidos en forma sistemática en el proceso de concesión, en la falta de información y veracidad de la información entregada por subtel,  en lo señalado por la autoridad competente (Sr. Subsecretario) por la referida y evidente baja en el avalúo de en nuestras propiedades, el deterioro del sector y la clara contaminación urbanística. Lo anterior tiene por objeto contribuir a que la autoridad resuelva en definitiva con mayor acopio de antecedentes y compatibilizando todos los derechos e intereses de la comunidad que se ve afectada a entero arbitrio por una empresa.  Que llevo a cabo y siguió adelante instalaciones con decretos inconsistentes, que se sacaron extractos complementarios a este decreto por el diario oficial y contienen los mismos errores u otros.
Los antecedentes anteriores, mas la oposición mayoritaria de los vecinos, hacen inviable que la antena permanezca en el lugar emplazado hoy Los Poetas # 923 Maipú. La cual esta llena de cables, andamios y que constantemente perturba la tranquilidad de los vecinos, quedando sin  protección la población,  la familia, y  sin el derecho de las personas a participar con igualdad de oportunidades según consagra nuestra constitución.En conclusión, ha sido ardua la tarea de hacer seguimiento de esta situación que vino a romper la tranquilidad de nuestra convivencia. Ha sido casi imposible poder ejercer nuestro derecho a oponernos  a esta situación, ha sido difícil vivir con esta torre-antena para todas las personas que firmamos haciendo presente nuestra oposición, Es por ello que adjunto a la presente, encontrara una nomina de propietarios, residentes y vecinos de las calles los Poetas, Los Artilleros, Padre Alberto Hurtado, Av. Sur Campanario, Los Aviadores, Las Artes, Los Monarcas, Coliseo, Los Generales etc. que rechazan y  se oponen terminantemente a esta antena celular, inserta completa y totalmente en una villa donde las propiedades son  peligrosamente próximas a la referida antena. Por el daño explicito que nos causa, los suscritos en  representación de todos  los vecinos que se individualizan en la nomina acompañada a esta presentación, junto con  la firma de los dirigentes de 2 juntas de vecinos,  rechazamos esta instalación y recurrimos a Usted, haciendo uso del legitimo derecho que nos concede  la ley de telecomunicaciones en su artículo 15 inciso 4º de la ley 18.168.</description> <content:encoded><![CDATA[<p>Hola.</p><p>Me parecio interesante el tema y quiero compartir lo que esta pasando cientos de vecinos de Maipu.</p><p>La concesión de telefonia para nuestro sector, se estableció a través de los decretos N° 17 y N°  42 del año en curso. Dichos decretos de autorización adolecen de graves errores, por cuanto los datos contenidos en los mismos son evidentemente erróneos, confusos e inexactos, junto con una total falta de cumplimiento de las solemnidades requeridas por la ley para la instalación de la referida concesión.<br
/> Primeramente cabe señalar que la obligación que impone la ley, de publicar en el diario oficial los extractos de la solicitud de concesión, tienen por fin  informar a la comunidad de las futuras instalaciones de la concesionaria solicitante. Con ello, el que tenga interés podrá oponerse al otorgamiento o modificación de la concesión, dentro del plazo de 10 días  contados desde la publicación del extracto de la solicitud.</p><p>En los hechos, esto fue del todo incumplido, ya que los vecinos del sector se dieron cuenta que, con fecha 29 de abril del presente, y ante nuestro desconocimiento, simple y llanamente  apareció de la noche a la mañana una torre porta antena de celular, entre nuestras casas y patios.  En un  sector residencial, densamente poblado, donde no hubo ni hay  ningún criterio de racionalidad en el emplazamiento, Nadie absolutamente nadie, ni el dueño de la propiedad, ni la empresa adjudicada de la señal, menos la empresa que ejecuto los trabajos, informaron sobre esta situación, siendo que esta instalación causa un grave daño a nuestro sector y afecta  la plusvalía de nuestras propiedades. Donde muchos están  pagando créditos hipotecarios por sus propiedades y otros son  propietarios producto de años de esfuerzos, sacrificios y también postergaciones.</p><p> El artículo 15 inciso 4º de la ley 18.168, señala que “El que tenga interés en ello podrá oponerse al otorgamiento de la concesión o modificación de la concesión, dentro del plazo de 10 días contados desde la publicación del extracto. Por lo tanto  la oposición dentro del procedimiento de concesiones telefónicas, se encuentra expresamente admitido por nuestra legislación.</p><p>Como es de vuestro conocimiento una vez instalada la antena, y a pesar de que fue imposible que los vecinos pudiésemos oponernos a la concesión de la forma establecida por la ley, por los referido errores que con precisión hemos señalado que  adolecían los primeros extractos publicados, igualmente los vecinos hicimos publica nuestra preocupación  en la tarde del día viernes 15 de mayo, día en el cual acudimos a una reunión con el Sr. Pablo Bello Subsecretario de Telecomunicaciones,   En  esta reunión se  informo al Subsecretario por parte de los vecinos  que el decreto que autorizo el funcionamiento de esta antena Decreto Nº 17, con publicación en el diario Oficial el día 14 de Febrero del 2009 adolecía de un grave error, ya que las coordenadas de latitud y longitud  señaladas en este decreto para la instalación corresponden  a un cerro en Tiltil y no a la propiedad donde se instalo la antena.  Ante esto el Sr. Subsecretario señalo que si era así, se suspendían las obras mientras se regularizaba la situación, y los vecinos ganábamos más tiempo para oponernos a esta instalación. En la misma reunión  El Sr. Subsecretario señala que existe impacto negativo y que las propiedades colindantes sufrían un devaluó entre 30% y 35%, lo cual honestamente nos parece inaceptable que sabiendo esta situación se permita y autorice lo anterior,  sin medida alguna dirigida a mitigar ó indemnizar  a favor de los afectados los perjuicios causados a estos,  sino solo se preocupen de rentabilizar los intereses de la compañía,</p><p>Es de claro conocimiento, lo necesario que es el desarrollo tecnológico en el país, sin duda, pero no se puede esgrimir buen servicio y desarrollo tecnológico atropellando a los ciudadanos, sin estar sustentado por estudios técnicos imparciales que avalen las instalaciones y no solo criterios de beneficio económico para el que arrienda la propiedad como así mismo  de la compañía,  en perjuicio de todo el resto de la comunidad.</p><p>Además podemos agregar que consultados los antecedentes en OIRS de Subsecretaria de Telecomunicaciones respecto a esta antena ya instalada en la propiedad colindantes a nuestros hogares,  la  subsecretaría señala e informa a los vecinos: OIRS responde Consulta Nº 21137-0. Respecto a una estación base del servicio de telefonía móvil ubicada en Los Poetas Nº 923, comuna de Maipú, en las bases de la Subsecretaría de Telecomunicaciones no hay registro de ella. Este es otro antecedente que, sumado lo anteriormente expuesto en relación al  decreto N° 17 y N° 42 de este año, siguen confundiendo y afectando el ejercicio de nuestros derechos ciudadanos.</p><p>Los vecinos hemos seguido este proceso desde el primer día, y es así que con fecha  miércoles 03 de Junio, la luz de la torre instalada en los Poetas # 923 se encendió por primera vez, y junto con ella esa misma noche han comenzado episodios anómalos como,  un ruidos en forma aleatoria en la referida propiedad, además de reiterados pitos e interferencias en las transmisiones televisiva de los televisores de los bienes raíces colindantes, los cuales también debemos suponer que son en forma aleatoria siendo que antes de la  aparición de esta “antena” estas situaciones no existían.<br
/> Es por todo lo anterior que  los vecinos reunidos acordamos enviar una presentación a su persona con fecha 10 de Junio,  al Sr. Ministro de Transportes y Telecomunicaciones Sr. René Cortázar, La cual fue  registrada con N° de Ingreso 32880,  finalmente nos respondió con fecha  26 de Junio del 2009,  El subsecretario de telecomunicaciones quien firmo y en el punto 3.2 de su carta respuesta la cual acompaño, señala</p><p> Sin embargo, con fecha 24 de junio (2 días antes), de la respuesta firmada por el Sr. Subsecretario de Telecomunicaciones, la OIRS de  Subtel  informa por escrito lo siguiente:</p><p>OIRS responde Consulta 22199-0‏<br
/> De:	 Karen Alejandra Escobar Uribe (kescobar@subtel.cl)<br
/> Enviado:	miércoles, 24 de junio de 2009 21:02:43<br
/> Para:</p><p>CC: 	Modulo Oirs (oirs@subtel.cl)</p><p>En relación a su consulta, ingresada a través de nuestra Oficina de Información, Reclamos y Sugerencias (OIRS), le informo que Entel Pcs y Entel Telefonía Móvil han ingresado a esta Subsecretaría de Estado una solicitud de modificación de coordenadas para Los Poetas N° 923.</p><p> Más al ver la modificación de la concesión publicada el día 29 de Septiembre queda en evidencia que son mucho más que dos días, por cuanto se nos engaño en carta  de subsecretaria a su cargo.</p><p>ES INCOMPRENSIBLE que existan tantos errores en una autorización de instalación,  errores reiterados e información confusa en perjuicio de nuestro vecindario,  las veces que se ha recurrido a solicitar respuestas  por parte de la OIRS (OIRS responde Consulta 22199-0‏), la OIRS contesto con información que no correspondía a lo solicitado,  se tuvo que reiterar la consulta, la respuesta excedía el plazo señalad, en fin un sin numero de graves irregularidades, que sorprendentemente siempre benefician a las empresas.</p><p> Solo basta considerar  los referido hechos denunciados en esta simple misiva,  para que  sin duda se pueda constatar que estamos ante un proceso lleno de errores, que va minando la credibilidad, confianza, estabilidad de las instituciones, generando en definitiva desilusión  de los ciudadanos, para con sus autoridades, ya que todos los errores en cuestión en definitiva generan negación y confusión en la entrega de antecedentes a la comunidad afectada, y esto no ha hecho más que confundir y privar a los vecinos de la ejecución de nuestros derechos.</p><p> Recién hoy, 8 de octubre del presente año, podemos hacernos parte en este proceso de concesión,  en vista que solo recientemente, con fecha día 29 de Septiembre del presente año, la publicación requerida ha cumplido con las formalidades establecidas para la valides del referido proceso</p><p>Detrás de cada firma que se acompaña a esta presentación, todos mayores de edad, integrantes de distintas y diversas familias, con sus respectivos Nombres, Rut y Domicilios hay sueños, hay esfuerzo, hay familias que han tomado años en pagar sus obligaciones a fin de poder hacer suyas definitivamente sus propiedades,  otros que aun las están pagando, y otros que amargamente compraron en el pasaje frente a la propiedad donde fue emplazada  la antena, hace solo 2 ó 3 años y con esto se les destruyo el sueño y la felicidad legitima de la casa propia.<br
/> Es por nuestros ancianos arraigados por muchos años en este lugar y por nuestro derecho a vivir en paz, tranquilidad, seguridad y salud que solicitamos se sirva, acoger esto oposición, por los siguientes fundamentos:</p><p>1° La Antena primeramente fue erradamente emplazada en otras coordenadas geográficas, lo cual no permitió, ni permitirá jamás ejercer los derechos ciudadanos de como son Interponer una oposición dentro del procedimiento de concesiones telefónicas, que se encuentra expresamente admitido en el artículo 15 inciso 4º de la ley 18.168, al amparo del cual “El que tenga interés en ello podrá oponerse al otorgamiento de la concesión o modificación de la concesión, dentro del plazo de 10 días contados desde la publicación del extracto. Lo cual hoy recién podemos hacer en virtud que hoy si las coordenadas corresponden a nuestro sector.</p><p>2° Sr. Subsecretario en reunión con nosotros señala que nuestras propiedades bajan entre 30% y 35%. hay  Testigos presentes:</p><p>3° Inconsistencia entre los planos presentados en la municipalidad,  la dirección de aeronáutica y los decretos N° 17 y N° 42.</p><p>4° Porque junto con la torre construyeron una caseta y una habitación, que según lo consultado en la Ilustre Municipalidad de Maipú, no cuenta con  permiso municipal obra complementaria.</p><p>5° Diferencias de coordenadas entre “decretos” que se suponía autorizaban la instalación y el certificado de la DGAC.</p><p>6° Por que cuando  se consulta en OIRS de Subtel sobre instalación de torre y antena en pasaje los Poetas # 923,  OIRS responde Consulta Nº 21137-0. Respecto a una estación base del servicio de telefonía móvil ubicada en Los Poetas Nº 923, comuna de Maipú, en las bases de la  Subsecretaría de Telecomunicaciones no hay registro de ella.</p><p>8° Porque se nos mintió una y otra vez al momento de solicitar la información necesaria, lo cual no nos permitió ejercer nuestros derechos como queda de manifiesto en carta de respuesta del Sr. Subsecretario, de fecha   26 de junio del 2009, donde nos informa que la empresa aún no regulariza las coordenadas erróneas en el decreto, Sin embargo 2 días antes OIRS de su repartición por escrito informa exactamente lo contrario. Además en el extracto publicado el día 29 de Septiembre en la página N° 14, 15 y 18 donde se corrigen las coordenadas, queda en evidencia que se ingreso con mucha anterioridad la modificación de las coordenadas.</p><p>11° El plazo otorgado por la dirección de Obras municipales de Maipú es de 90 días, para regularizar las obras paralelas que construyeron junto a la torre, El plazo a transcurrido con creces el plazo establecido y aún así a la fecha la Sra. Teresa Font Arancibia,, quien tiene propiedad colindante a la referida antena, a constatado que no se ha regularizado informándosele que tiene que esperar. A lo que nosotros solo nos cabe cuestionar que debemos esperar? Y cuanto más debemos esperar?</p><p> Nuestra oposición esta  fundada en los errores cometidos en forma sistemática en el proceso de concesión, en la falta de información y veracidad de la información entregada por subtel,  en lo señalado por la autoridad competente (Sr. Subsecretario) por la referida y evidente baja en el avalúo de en nuestras propiedades, el deterioro del sector y la clara contaminación urbanística. Lo anterior tiene por objeto contribuir a que la autoridad resuelva en definitiva con mayor acopio de antecedentes y compatibilizando todos los derechos e intereses de la comunidad que se ve afectada a entero arbitrio por una empresa.  Que llevo a cabo y siguió adelante instalaciones con decretos inconsistentes, que se sacaron extractos complementarios a este decreto por el diario oficial y contienen los mismos errores u otros.<br
/> Los antecedentes anteriores, mas la oposición mayoritaria de los vecinos, hacen inviable que la antena permanezca en el lugar emplazado hoy Los Poetas # 923 Maipú. La cual esta llena de cables, andamios y que constantemente perturba la tranquilidad de los vecinos, quedando sin  protección la población,  la familia, y  sin el derecho de las personas a participar con igualdad de oportunidades según consagra nuestra constitución.</p><p> En conclusión, ha sido ardua la tarea de hacer seguimiento de esta situación que vino a romper la tranquilidad de nuestra convivencia. Ha sido casi imposible poder ejercer nuestro derecho a oponernos  a esta situación, ha sido difícil vivir con esta torre-antena para todas las personas que firmamos haciendo presente nuestra oposición, Es por ello que adjunto a la presente, encontrara una nomina de propietarios, residentes y vecinos de las calles los Poetas, Los Artilleros, Padre Alberto Hurtado, Av. Sur Campanario, Los Aviadores, Las Artes, Los Monarcas, Coliseo, Los Generales etc. que rechazan y  se oponen terminantemente a esta antena celular, inserta completa y totalmente en una villa donde las propiedades son  peligrosamente próximas a la referida antena. Por el daño explicito que nos causa, los suscritos en  representación de todos  los vecinos que se individualizan en la nomina acompañada a esta presentación, junto con  la firma de los dirigentes de 2 juntas de vecinos,  rechazamos esta instalación y recurrimos a Usted, haciendo uso del legitimo derecho que nos concede  la ley de telecomunicaciones en su artículo 15 inciso 4º de la ley 18.168.</p> ]]></content:encoded> </item> </channel> </rss>
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